Texto: LAN\2019\90 Estado: Disposición vigente

Orden de Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, de 27 marzo 2019. Aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Caquis

Datos de la publicación donde se genera esta versión:

BOJA núm. 65 de 4/4/2019

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2019/65

Procedencia: Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Versión de 27/3/2019

Tipo de versión: INICIAL

Vigencia: 5/4/2019


PREÁMBULO

La producción integrada es el sistema agrícola de producción que utiliza los mecanismos de regulación naturales, teniendo en cuenta la protección del medio ambiente, la economía de las explotaciones y las exigencias sociales de acuerdo con los requisitos que se establezcan para cada cultivo en el correspondiente reglamento de producción, según lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre, por el que se regula la producción integrada de productos agrícolas y en el artículo 2 del Decreto 245/2003, de 2 de septiembre (LAN\2003\458), por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados, modificado por el Decreto 7/2008 de 15 de enero (LAN\2008\29).

Asimismo, el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados, dispone en su artículo 3, que la Consejería de Agricultura y Pesca establecerá los Reglamentos Específicos de Producción Integrada para cada producto agrario y los transformados y elaborados a partir de los mismos, en los que se establecerán los requisitos de cada una de las operaciones de producción, transformación o elaboración, con el contenido mínimo que dicho artículo describe.

Por su parte, la Orden de 13 de diciembre de 2004 (LAN\2004\577), por la que se desarrolla el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados, establece en su artículo 2.1, que los Reglamentos Específicos contemplarán las prácticas obligatorias, prohibidas y recomendadas e incorporarán los requisitos generales de producción integrada en Andalucía, y en su artículo 2.2, que su aprobación se realizará mediante Orden de la persona titular de la Consejería de Agricultura y Pesca, a propuesta de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, en el ámbito de sus competencias y previa audiencia de las organizaciones representativas de los sectores afectados. Todos estos requisitos que deberán cumplir aquellos productores que se quieran acoger a este sistema productivo se detallan en el anexo de la orden, el cual tiene, por tanto, naturaleza reglamentaria incorporándose dentro del contenido normativo de la misma.

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en su empeño de incorporar cada vez más cultivos a este sistema productivo, y dado el incremento de la superficie de caqui cultivada en Andalucía y por tanto de la demanda de los productores y consumidores hacia un producto de mayor calidad, estima necesario disponer de un Reglamento Específico de Producción Integrada de Caquis.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece en el artículo 48 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural, de acuerdo con las bases de la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131, y 149.1.11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución.

Asimismo, se ha de tener en cuenta el Decreto de la Presidencia 2/2019, de 21 de enero (LAN\2019\24), de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 103//2019, de 12 de febrero (LAN\2019\43), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

En su virtud, a propuesta del Director General de la Producción Agrícola y Ganadera, en uso de las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre (LAN\2006\504), del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el artículo 3 y la disposición final primera del Decreto 245/2003, de 2 de septiembre,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto

Se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Caquis, que se publica anexo a esta orden.

Artículo 2. Comunicaciones

En el caso de que por circunstancias que pudieran concurrir en una situación o zona concreta, se tuviera que llevar a cabo cualquier actuación no contemplada en el Reglamento Específico, y en particular las derivadas de una intervención de tipo químico, tendría que ser comunicada para su estudio a la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible correspondiente junto a su justificación técnica para, en su caso, proceder a su autorización.

Disposición final única. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.



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